Es el jefe de la rama administrativa que dirige la política exterior bajo la autoridad del Jefe de Estado. Se afirma que debe gozar de inviolabilidad personal, de inmunidad penal y de policía, por cortesía se le concede franquicia para su equipaje e inviolabilidad para su esposa, hijos menores y miembros de su séquito. Se encuentra regulado por costumbre internacional y al igual que el Jefe de Estado se hace referencia en la Convención sobre Ministros Especiales.
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